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INAES creó el Sistema Integrado de Asociados de Cooperativas y Mutuales

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La medida fue implementada a través de la Resolución 756/2025 de INAES y las entidades tienen 180 días desde la vigencia para presentar información inicial.

(ANSOL).- El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) puso en marcha el Sistema Integrado de Nómina de Asociados y Autoridades de Cooperativas y Mutuales, que avanzará en la digitalización de los datos de los integrantes de las entidades con el propósito de agilizar trámites y fiscalizar al sector.

Este sistema permite visualizar la nómina de asociados, realizar altas y bajas individuales mediante carga masiva de datos. Se puede acceder al sistema desde la página web del INAES, ingresando acá. La medida fue implementada a través de la Resolución 756/2025 y las entidades tienen 180 días desde la vigencia para presentar información inicial.

Según el documento oficial, la información «se presenta anualmente, dentro de los 10 (diez) días corridos posteriores a la finalización de cada año calendario, a excepción de las cooperativas y mutuales que revisten el carácter de sujetos obligados en los términos establecidos en la Resolución N° 99/2023 de la Unidad de Información Financiera (UIF)«, que mantienen la periodicidad trimestral.

Pero además, la normativa envía una señal en relación a una larga lucha de las entidades de la Economía Social y Solidaria: «la información deberá transmitirse dentro de los 180 días corridos desde la entrada en vigencia de la presente resolución, y las cooperativas que pretendan su inscripción en el Registro de Empresas MiPyME, deberán presentar la información de inicio con anterioridad al 31 de mayo del corriente año, la que se compartirá con la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa, Emprendedores y Economía del Conocimiento«.

Según el documento, el Sistema «permitirá reducir las cargas sobre los administrados y evitar la duplicidad de presentación de información en distintos organismos del Estado, a través de la aplicación de nuevas tecnologías y herramientas informáticas que se ponen a disposición desde este Instituto en su carácter de autoridad de aplicación de cooperativas y mutuales».

Sin embargo, la nueva medida implica necesariamente un nuevo esfuerzo de las entidades representando «una nueva carga administrativa fuerte«. Las cooperativas y mutuales deberán cargar a todos sus asociados en un lapso de 180 días, cuestión que se reitera de forma anual. De esta manera, se avanza un paso más hacia el pasaje de los libros de papel a la digitalización, mejorando la capacidad de fiscalización desde el mismo INAES.

INAES y Certificado MiPyme

Un tema que despertó gran expectativa fue el del Certificado MiPyME, al que las cooperativas y mutuales intentan acceder en igualdad de condiciones que otras empresas, ya que les brinda beneficios impositivos y crediticios. Sobre ese punto, que la fecha implique constituir la carga antes del 31 de mayo debería simplificar el trabajo de la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa, ya que después de esa fecha estaría toda la información pertinente cargada y solo habría que cruzar la base de datos correspondiente.

Mientras tanto, las distintas confederaciones representativas del sector, siguen intentando llevar a cabo gestiones para que se modifique lo que hace al tema de fondo en el Certificado MiPyme. Por lo pronto, el INAES dio un paso más en la sistematización de datos de las cooperativas y mutuales, por lo que pronto todo el universo asociativo en lo que implica asociaciones estará digitalizado.

Manual del uso del Sistema Integrado de Nómina de Asociados y Autoridades de Cooperativas y Mutuales

El mismo permite a las entidades cargar y mantener actualizada su respectiva nómina de asociados. Se puede acceder a través de este link.

Instructivo Carga Masiva de Asociados Transmitidos en el sistema anterior (Resolución INAES 5586/12)

Este apartado busca explicar a los usuarios de las cooperativas y mutuales que revisten el carácter de sujeto obligado incluidas en la Resolución UIF N° 99/23, el procedimiento para efectuar la migración de los datos remitidos a esta autoridad de aplicación en el marco de la Resolución INAES N° 5586/12, respecto al registro de sus asociados cargados el sistema anterior. De esta forma, podrán recuperar sus datos y cargarlos masivamente en el nuevo sistema. Ver acá.

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