GESTIÓN

El INAES retiró la autorización para funcionar a 2.295 cooperativas y 205 mutuales por incumplimientos

SEGUINOS EN Google News Google News
Las medidas fueron dispuestas a través de las resoluciones 564/2026 y 565/2026. Las entidades afectadas no habían presentado documentación asamblearia y estados contables durante varios años, según lo establecido por las leyes que regulan al sector.

El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) dispuso el retiro de la autorización para funcionar a 2.295 cooperativas y 205 mutuales que no habían cumplido con la presentación de documentación obligatoria durante un período prolongado. La decisión fue oficializada mediante las Resoluciones 564/2026 y 565/2026, publicadas el 10 de marzo en el Boletín Oficial.

Según lo establecido en ambas normas, las entidades involucradas no habían presentado documentación asamblearia y estados contables, requisitos contemplados en la Ley 20.337 de Cooperativas y en la Ley 20.321 de Mutuales, correspondientes al período comprendido entre el 1 de febrero de 2017 y el 12 de septiembre de 2024.

La medida se enmarca en un proceso iniciado en 2024, cuando el organismo dispuso la instrucción de sumarios administrativos para aquellas entidades que permanecían en situación de incumplimiento. En ese momento, también se había establecido la suspensión para funcionar hasta que regularizaran la presentación de la documentación requerida.

¿Por qué el INAES sancionó a estas entidades?

Durante el proceso, se notificó a las entidades a través del Registro Legajo Multipropósito (RLM) y la plataforma de Trámite a Distancia (TAD). En los casos en que no fue posible realizar la notificación por esa vía, se efectuaron publicaciones de edictos en el Boletín Oficial.

Luego de la instrucción de los sumarios y la verificación de la información disponible en los sistemas del organismo, se determinó que un conjunto de entidades continuaba sin regularizar su situación, por lo que se resolvió aplicar la sanción prevista por las leyes que regulan al sector: el retiro de la autorización para funcionar.

INAES retira autorización a 2.500 cooperativas y mutuales 2026

¿Qué sucede con las entidades que regularizaron su situación?

Durante el mismo proceso administrativo, algunas entidades presentaron la documentación requerida ante el organismo. En esos casos, el organismo dispuso eximirlas de la sanción o mantener la suspensión hasta evaluar su situación, según corresponda.

Incluso, siete cooperativas que habían remitido la documentación pendiente recuperaron su estado vigente, luego de que el organismo verificara el cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa.

¿Cuáles son las consecuencias legales y patrimoniales?

Además, las resoluciones establecen que el Instituto dará intervención a la Dirección de Infracciones, Liquidaciones e Intervenciones Judiciales, con el objetivo de notificar la medida a los órganos locales competentes, a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y a los organismos supervisores que correspondan, así como realizar las gestiones necesarias para determinar la existencia de remanentes patrimoniales en las entidades alcanzadas por la sanción.

¿Se puede apelar la resolución?

Las normas también indican que las entidades afectadas podrán interponer distintos recursos administrativos y judiciales contra la decisión, conforme lo establece el Decreto 1759/72 (T.O. 2017). Entre las vías previstas se encuentran los recursos de revisión, reconsideración y aclaratoria, además del recurso de alzada o la vía judicial directa, dentro de los plazos fijados por la normativa vigente.

Cooperativas que no pueden funcionar

Mutuales que no pueden funcionar

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba