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Alerta en el sector de cuidados: el proyecto de reforma de la Ley de Salud Mental excluye a las cooperativas

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El proyecto de modificación de la Ley de Salud Mental fue presentado por el Ejecutivo Nacional y está en debate en el Senado. Tiene puntos que atentan contra el modelo integral de salud y contra el rol de las cooperativas como entidades intermedias.

El Senado de la Nación continúa el debate en comisiones sobre el proyecto de reforma de la Ley de Salud Mental N° 26.657 presentado por el Poder Ejecutivo Nacional. En este sentido, distintas organizaciones del sector alertan que la propuesta legislativa atenta contra el modelo de abordaje integral y comunitario vigente.

La reforma imprime una problemática dentro de el sector de cuidados cooperativo argentino se ha destacado por una capacidad especial para transformar el trabajo de cuidados , cerrar brechas de género y promover condiciones laborales dignas, que se proyectan en distintos países del mundo.

En diálogo con ANSOL, María Josefa Ávila, dirigente de Cooperativa de Trabajo Acompañamiento en Salud Ltda. e integrante de FECOOP CUIDAR, advirtió que la supresión de los dispositivos intermedios y del asociativismo en la norma desprotegerá los procesos de rehabilitación psicosocial de los usuarios.

Cuidados: los dispositivos de externación que elimina el proyecto de ley

La reforma propuesta por el Ejecutivo omite la mención explícita y la regulación de los denominados «dispositivos intermedios», tales como viviendas asistidas, casas de medio camino y los esquemas de acompañamiento terapéutico. Según Ávila, estas herramientas son indispensables para garantizar el soporte social y familiar durante los procesos de externación de los pacientes. La falta de reconocimiento legal de estos espacios interrumpe las redes de apoyo necesarias para la reinserción y el tratamiento continuo fuera de los entornos de internación tradicionales.

El sector arrastra una demanda histórica vinculada a la falta de regulación de las prestaciones. La ausencia del acompañamiento terapéutico dentro del nomenclador oficial de prestaciones por discapacidad obliga a las familias y profesionales a litigar de forma sistemática contra las obras sociales y las empresas de medicina prepaga.

Ante la negativa de cobertura en el subsector privado, los usuarios se ven forzados a recurrir de manera recurrente a la presentación de recursos de amparo ante la Justicia para garantizar la continuidad de sus tratamientos de salud mental, una situación que se complejizó tras el incremento exponencial de la demanda asistencial posterior a la pandemia.

cuidados

¿Qué modificaciones plantea el Ejecutivo sobre el rol de las cooperativas en el Artículo 11?

La Confederación de Cooperativas de la República Argentina Ltda. (COOPERAR) manifestó su rechazo a la modificación del artículo 11 de la Ley N° 26.657. El proyecto oficialista elimina la mención explícita a las cooperativas como herramientas para la implementación de acciones de inclusión social y laboral en el marco de las políticas públicas de salud mental.

José. Cooperativa La Huella, Hospital Borda. 28 de junio de 2019. Ciudad de Buenos Aires. Fotos PILAR CAMACHO / ANCCOM.

Desde COOPERAR señalaron que la exclusión del cooperativismo de trabajo y de cuidados debilita las iniciativas de inclusión sociolaboral destinadas a personas con padecimiento mental o discapacidad psicosocial.

“No debería sorprendernos teniendo en cuenta las políticas llevadas adelante por el Gobierno nacional: la reforma laboral, la ley de tierras, la reforma jubilatoria, etcétera. Son políticas que retrotraen los derechos de los ciudadanos a políticas del siglo anterior. Y la salud, tanto como la salud mental no están exentas”, apuntó Ávila, a tal punto que Argentina ya no forma parte de la Organización Mundial de la Salud.

COOPERAR presentó un documento técnico donde detalla cinco fundamentos centrales para sostener el texto original de la ley:

Reducción de la «puerta giratoria»: La inserción en cooperativas de inclusión (como el caso histórico de La Huella) interrumpe el ciclo de externación y posterior recaída médica.

Optimización del gasto público: Transforma al usuario de salud mental de un sujeto pasivo de internación en un trabajador productivo, disminuyendo los costos de internación crónica para el Estado.

Prevención del deterioro institucional: Evita la pérdida de habilidades sociales y la cronificación que generan los procesos de internación prolongados.

Desarrollo de autonomía: Facilita la construcción de proyectos de vida independiente y sustentable para los asociados.

Cambio de paradigma cultural: Desarticula los estigmas que vinculan la discapacidad psicosocial con criterios de «peligrosidad» o «tragedia», una perspectiva reactivada por la actual Dirección Nacional de Salud Mental para justificar las reformas.

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