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Reforma laboral: el Senado dio media sanción al proyecto oficial con más de 50 modificaciones

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La Cámara alta aprobó la reforma laboral impulsada por el Gobierno. El texto modifica indemnizaciones, jornada laboral, derecho de huelga y crea fondos de asistencia para despidos.

Tras una sesión que se extendió durante casi 17 horas, el Senado de la Nación otorgó media sanción al proyecto de reforma laboral impulsado por el oficialismo. La iniciativa fue aprobada con 42 votos afirmativos y 30 negativos, logrando así destrabar uno de los ejes centrales de la agenda legislativa del Gobierno.

El texto aprobado, que ahora será girado a la Cámara de Diputados para su tratamiento, quedó conformado por 213 artículos y sufrió más de 50 modificaciones respecto del dictamen firmado en diciembre pasado.

El proyecto de reforma laboral ingresará a Diputados, donde el oficialismo prevé tratarlo en comisión la próxima semana —luego de los feriados de Carnaval— con la intención de llevarlo al recinto el 25 de febrero.

La reforma introduce modificaciones profundas en el régimen laboral vigente, incluyendo cambios en remuneraciones, indemnizaciones, jornada laboral, derecho de huelga, sindicatos y plataformas digitales.

Reforma laboral: remuneraciones y pago de salarios

Los salarios podrán pagarse en dinero (moneda nacional o extranjera), especie, habitación o alimentos. Se incorpora la figura del “salario dinámico”, que podrá acordarse en convenios colectivos, regionales, por empresa o por decisión del empleador, incluyendo pagos por mérito o productividad.

El pago de haberes deberá realizarse exclusivamente a través de entidades bancarias, eliminando la posibilidad de utilizar billeteras virtuales.

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Indemnizaciones y Fondos de Asistencia Laboral

Con esta refroma laboral se reduce la base de cálculo de la indemnización por despido, excluyendo conceptos como vacaciones no gozadas, aguinaldo, propinas o premios. Además, se fija un tope salarial de hasta tres veces el salario promedio mensual del convenio colectivo aplicable.

Las actualizaciones se ajustarán por inflación más un 3% anual. Las sentencias podrán cancelarse en seis cuotas para grandes empresas y en doce para pymes.

En paralelo, se crean los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), cuentas inembargables financiadas con aportes patronales obligatorios: 1% para grandes empresas y 2,5% para pymes. Estos fondos estarán bajo la órbita de la Comisión Nacional de Valores.

Vacaciones

Con esta reforma laboral, el empleador deberá concederlas entre el 1° de octubre y el 30 de abril del año siguiente, salvo acuerdo en contrario. Se habilita el fraccionamiento por mutuo acuerdo en tramos no inferiores a siete días.

La notificación deberá realizarse con 30 días de anticipación y se establece la obligación de garantizar que cada trabajador pueda gozar al menos una vez cada tres años de vacaciones en temporada de verano, si no son simultáneas.

Jornada laboral y banco de horas

Se habilita la posibilidad de extender la jornada diaria de ocho a doce horas, respetando un descanso mínimo de doce horas entre jornadas. Las horas extras podrán compensarse mediante un banco de horas o francos compensatorios.

También se incorporan contratos a tiempo parcial por períodos inferiores a la jornada legal, con formalización por acuerdo escrito individual o colectivo. Se establecen límites y sistemas de control de registro, respetando el descanso semanal de 35 horas.

Limitaciones al derecho de huelga

La norma fija porcentajes mínimos de funcionamiento del 75% en servicios esenciales y del 50% en actividades consideradas trascendentales, ampliando el universo de actividades alcanzadas. Además, las asambleas deberán contar con autorización previa del empleador.

Plataformas digitales

Se crea la categoría de “repartidor independiente”, habilitando la libertad de formas de contratación sin que ello configure relación laboral bajo el régimen tradicional.

Estatutos profesionales

La ley deroga cinco estatutos profesionales (periodistas, viajantes de comercio, peluqueros, choferes particulares y operadores de radio y telegrafía), que perderán vigencia a los seis meses de sancionada la norma.

Incentivos a la formalización

Se implementan incentivos impositivos para la contratación y registración de trabajadores. El Programa de Promoción del Empleo Registrado (PER) permitirá regularizar situaciones informales, extinguiendo sanciones, deudas y acciones penales, con condonaciones de hasta el 70% en aportes adeudados.

Asimismo, se crea el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), con contribuciones patronales reducidas al 8% durante un año para nuevos trabajadores bajo determinadas condiciones.

Justicia del Trabajo

El proyecto incorpora modificaciones para acelerar el traspaso del fuero laboral nacional a la órbita porteña, equipara acuerdos homologados a sentencias firmes —sin posibilidad de reapertura— y fija topes a honorarios de abogados y peritos.

Con la media sanción del Senado, la reforma laboral avanza en su recorrido legislativo y abre una nueva etapa de debate en la Cámara de Diputados, donde se definirá su aprobación definitiva o posibles modificaciones.

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