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El Gobierno oficializó el Paquete Fiscal: ¿cómo quedó el monotributo social y la figura del colaborador?

Cuánto deberán pagar de cuota los monotributistas sociales y cómo se actualizará el monto. Los detalles del nuevo esquema y el impacto en cooperativas.

(ANSOL).- El gobierno oficializó este miércoles las modificaciones que se introdujeron en el monotributo con la sanción de la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, mediante el Decreto 661/2024 publicado en el Boletín Oficial.

La normativa precisó que a partir del 2025 la AFIP actualizará los parámetros de facturación en enero y julio de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, detallando que «los montos actualizados surtirán efectos desde el primer día del primer mes inmediato siguiente a aquel en que se efectúe la actualización, inclusive».

Se incrementan las cuotas impositivas, de seguridad social y obra social. Para el caso de la cuota impositiva la suba va entre el 278% y 510%, para la cuota de seguridad social entre el 212% y 343% y para la cuota de obra social entre 212% y 214%.

Cómo impactan los cambios del monotributo en las cooperativas

En el caso de las cooperativas, cabe prestar particular atención a la Categoría A, que se utiliza habitualmente para Asociado a Cooperativa. Para este grupo, la facturación pasará de $ 2.108.288,01 a $ 6.450.000; un aumento del 206%. En tanto, la cuota a abonar pasaría de $ 11.080 a $ 26.600; un aumento del 140%.

Según el Blog del Contador, el Gobierno dispone que los monotributistas sociales no pagarán el componente impositivo, estén o no asociados a cooperativas de trabajo. Es decir, quedarán como antes eximidos del pago del componente impositivo y del componente previsional, debiendo ingresar únicamente el 50% del componente de obra social.

El abogado Gustavo Sosa, miembro de la Asociación Civil Centro de Iniciativas de la Economía Social (CIES) e integrante del Centro de Estudios de la Economía Social de la UNTREF, explicó en diálogo con ANSOL: «Probablemente, aquellos grupos que decidieron conformarse como cooperativa por necesidad de contar con una figura jurídica, encuentren que esto les abre la posibilidad sin necesidad de comprometerse con una figura legal y creyendo que no van a tener riesgos laborales, porque los van a tener, porque esta figura va a ser muy cuestionada».

«Esto hará que los grupos de cooperativas suspendidas por tener de 3 a 5 integrantes, esté desincentivada de ser una asociación; ahora, para los que ven a la cooperativa con buenos ojos, eso no se alteraría, pero van a necesitar como mínimo seis personas».

«Los beneficios que puede tener el independiente con colaboradores van en desmedro de los derechos de las cooperativas, porque si va a haber una normativa de riesgo de trabajo para el primer grupo, no se entiende por qué a treinta años de inicio del sistema de ART, las cooperativas de trabajo no cuentan con un sistema concreto, con lo cual hay que estar atento a exigir como mínimo esas mismas coberturas», alertó.

Las nuevas escalas regirán a partir del 1 de agosto. Al respecto, se debe tener en cuenta que la AFIP extendió el plazo para la recategorización del monotributo hasta el 2 de agosto.