España aprueba su Ley Integral de Impulso de la Economía Social: qué cambia para cooperativas, empresas de inserción y vivienda cooperativa

El Congreso de los Diputados de España aprobó el jueves 26 de marzo la Ley Integral de Impulso de la Economía Social, poniendo fin a un proceso parlamentario que comenzó en octubre de 2024. La norma ya tiene luz verde definitiva y entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado. A la sesión asistió una numerosa representación de entidades del sector, que aguardaban el resultado de una votación reñida.
La ley modifica cuatro marcos normativos que regulan el ecosistema de la economía social en España: la Ley de Cooperativas de 1999, la Ley de Empresas de Inserción de 2007, la Ley de Economía Social de 2011 y la Ley sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas de 1990.

La Ley Integral de Impulso de la Economía Social: Un trámite largo y con fuerte división política
El proyecto fue presentado por el Gobierno en octubre de 2024. En marzo de 2025, el Pleno rechazó una enmienda de devolución presentada por el Grupo VOX. Luego pasó a la Comisión de Trabajo y Economía Social, donde fue aprobado en diciembre con 19 votos a favor y 18 en contra —margen que anticipó la polarización que acompañó todo el debate.
El Senado, de mayoría del PP, incorporó más de 40 enmiendas al texto, casi todas rechazadas en el Congreso esta semana. Entre las pocas que prosperaron se cuenta un cambio que habilita a las cooperativas de servicios a realizar actividades con terceros no socios hasta un 50% de su actividad total.
La Vicepresidenta segunda y Ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, cerró el debate agradeciendo a los bloques que acompañaron la iniciativa: «Hoy aprobamos una ley importante, que quizá no hace tanto ruido como otras, pero que dice mucho sobre el país que queremos construir». Díaz también reconoció el rol de CEPES —la Confederación Empresarial de la Economía Social Española— como articuladora del sector durante el proceso.
Cooperativas: digitalización, igualdad y protección de identidad
El primer artículo de la LIIES moderniza la Ley 27/1999 de Cooperativas. La norma adapta el funcionamiento interno al siglo XXI mediante nuevas herramientas de comunicación y participación digital para los cooperativistas.
En materia de género, la ley establece la obligación de elaborar planes de igualdad cooperativos, crea Comisiones de Igualdad al interior de las entidades y fija el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en los órganos de gobierno.
Otro punto central es el refuerzo de las causas de descalificación administrativa. La norma otorga herramientas concretas para actuar contra entidades que operan bajo apariencia cooperativa pero que vulneran sus principios y valores, lo que protege la identidad del modelo frente a usos fraudulentos o instrumentales.
Empresas de inserción: itinerarios más sólidos y sin estigmatización
El artículo segundo modifica la Ley 44/2007 de Empresas de Inserción. La reforma refuerza la definición de los colectivos en situación de vulnerabilidad o exclusión social con una redacción que evita su estigmatización, y actualiza la definición de empresa de inserción para que sea más coherente con sus fines reales.
Los itinerarios de inserción laboral se reformulan para alinearse con la lógica de la contratación indefinida, en sintonía con la reforma laboral vigente —el Real Decreto-ley 32/2021, en vigor desde el 30 de marzo de 2022—, que busca mejorar la competitividad de estas empresas frente al mercado tradicional.
Economía social: más entidades reconocidas, más contratos públicos reservados
Entre los cambios más relevantes, la ley refuerza el reconocimiento del carácter «singular» de la ONCE —la Organización Nacional de Ciegos Españoles— como agente del Tercer Sector. La ONCE es una corporación de derecho público sin fines de lucro que se autofinancia a través de la gestión de productos de lotería y reinvierte sus excedentes en servicios de inclusión, rehabilitación y empleo para personas con discapacidad, lo que la convierte en un actor que no encaja en ninguna categoría convencional del mapa institucional español.

La norma incorpora formalmente a los Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social (CEEIS) al catálogo de entidades de economía social. Los CEEIS son empresas que generan empleo para personas con discapacidad y están obligadas por ley a reinvertir la totalidad de sus beneficios en la propia misión social, siendo controladas mayoritariamente por fundaciones, asociaciones u otras entidades sin ánimo de lucro. Al hacerlo, la ley los diferencia explícitamente de los Centros Especiales de Empleo de iniciativa capitalista —aquellos cuyas ganancias pueden distribuirse entre propietarios o accionistas privados con fines de lucro—, que quedan excluidos del ecosistema de la economía social a efectos normativos y de contratación pública.
La ley también eleva el porcentaje de contratos del sector público reservados para empresas de inserción y centros especiales de empleo de iniciativa social, ampliando así el acceso a la contratación pública del sector.
Vivienda cooperativa en cesión de uso: reconocimiento fiscal histórico
El cuarto artículo modifica el Régimen Fiscal de las Cooperativas para incorporar modelos innovadores como las cooperativas de vivienda en cesión de uso, las comunidades energéticas y el comercio justo.
El modelo de cooperativa de vivienda en cesión de uso es una alternativa a la propiedad privada y al alquiler convencional que viene creciendo en España frente a la crisis habitacional. En este esquema, la cooperativa —y no el socio individualmente— es la propietaria del edificio de forma permanente. Cada integrante accede a un derecho de uso indefinido de su unidad a cambio de una aportación inicial y una cuota mensual basada en los costos reales del proyecto, sin que el valor de la vivienda quede expuesto a la especulación del mercado.
A diferencia de la propiedad privada tradicional, el socio no puede vender su unidad ni alquilarla de forma independiente. La vivienda es un bien de uso, no un activo de inversión. Ese principio es el que ahora la LIIES reconoce fiscalmente: las cooperativas de vivienda que mantengan la propiedad colectiva de las unidades, no repartan retornos entre sus socios y cumplan los requisitos específicos fijados por la norma serán reconocidas por primera vez como «especialmente protegidas» a efectos del régimen fiscal cooperativo. Se trata de un reconocimiento que venían reclamando las organizaciones del sector de vivienda colaborativa y que abre la puerta a condiciones impositivas más favorables para el desarrollo de este tipo de proyectos.



