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Amparo de FEPAMCO: las cooperativas de La Pampa podrán seguir cobrando tasas municipales

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Lo determinó la Justicia Federal de Santa Rosa, que dio lugar a la acción promovida por la Federación Pampeana de Cooperativas Eléctricas y de Servicios Públicos.

(ANSOL).- El Poder Judicial volvió a sumar otro revés al Gobierno de Javier Milei en su intento de quitar las tasas municipales de las facturas de servicios públicos. Ahora, la noticia llegó gracias a una medida cautelar que presentó la Federación Pampeana de Cooperativas Eléctricas y de Servicios Públicos (FEPAMCO).

La novedad salió a través de un fallo del Juzgado Federal de Santa Rosa, a cargo de Juan José Baric, que hizo lugar a la medida cautelar y suspendió los efectos de la resolución que dictó la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje de Consumo, que prohibía el cobro de tasas municipales en las facturas de servicios.

Fue el pasado 16 de enero cuando FEPAMCO, representada por el abogado Luis Fernando Martínez Montalvo, pidió la habilitación de la feria judicial a fin de que se le dé trámite a una acción de amparo contra la Secretaría de Industria y Comercio, dependiente del Ministerio de Economía de la Nación, que maneja Luis Caputo

Allí solicitaron «que se declare la inconstitucionalidad de la Resolución Nº 267/2024» por causar un «gravamen irreparable a los derechos constitucionales que amparan a FEPAMCO, específicamente la autonomía provincial, avasallando el derecho de los asociados y la constitución de cooperativas como entidades sin fines de lucro«.

La estrategia judicial de FEPAMCO por las tasas municipales

En La Pampa, dos cooperativas habían sido notificadas para que se abstengan de seguir cobrando las tasas municipales en sus facturas. Eso afecta «la recaudación de las cooperativas, y en forma inmediata y directa, la prestación de servicios esenciales que las mismas suministran, viéndose así perjudicados todos los usuarios», dijeron desde FEPAMCO en la presentación.

Además, entre los argumentos, esgrimieron en el amparo que la medida de Caputo y Milei va en «contra de la autonomía provincial, en virtud de regular sobre una materia no delegada al Estado Nacional», como así también va en contra de «la autonomía municipal, al frustrar contratos de concesión vigente».

Lo cierto es que los municipios, por Ley, están facultados a regular sus propios impuestos, ya sea en la creación de nuevos o en las formas de cobrarlos. En todo el país, la opción de hacerlo a través de las facturas de luz es muy eficaz para los distritos, ya que por un lado la cooperativa de esa operatoria ya se descuenta lo que tiene que cobrar a la Municipalidad por el alumbrado público, y por el otro, el gobierno local se asegura de que el vecino pague sus impuestos.

En la práctica, en escenarios de crisis, la gente si tiene que optar por dejar de pagar una factura, es la de la tasa municipal. Incluyendo ese concepto en la factura de luz, gas o agua, el gobierno local se asegura el cobro. Cabe recordar también que el Gobierno de Mauricio Macri intentó también en su momento prohibir este cobro, pero fue repelido por el accionar del movimiento cooperativo organizado.

Es por ello, que el Juez Federal de Santa Rosa argumentó que «el cese de este procedimiento o modalidad de percepción es susceptible de afectar derechos y obligaciones y traería aparejada la suspensión de tales contraprestaciones, perturbando por un lado el ingreso de recursos propios del municipio, pero sobre todo provocando un grave perjuicio a la población«.

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