Presentan proyecto de ley nacional de Empresas Recuperadas

Lo hizo el diputado Walter Correa. Busca favorecer la continuidad y subsistencia de las empresas en crisis, por parte de los trabajadores organizados a través de cooperativas, conservar las fuentes de trabajo y generar empleos.

21 de diciembre de 2020, CABA (Ansol).- El diputado Walter Correa, proveniente del gremio de curtidores, presentó un proyecto de ley de empresas recuperadas que modificaría la ley de Concursos y Quiebras para facilitar la continuidad laboral.

Busca que los trabajadores de las empresas puedan continuar trabajando en la empresa, organizados en una cooperativa de trabajo, sin necesidad de la intervención de la sindicatura judicial, ni previa autorización del Juez del proceso.

Se busca a lo largo del proceso falencial, establecer procedimientos que permitan la transferencia de los bienes de la fallida en forma definitiva a los trabajadores organizados en cooperativas de trabajo.

Los bienes de la empresa fallida – inmueble y maquinarias – serían transferidos, a los fines de la continuidad de la explotación, en comodato
a los trabajadores.

Por ende, los trabajadores no tendrán que abonar canon/alquiler alguno, como contempla la ley actual.

Tampoco sería necesario contar con el requisito de que la cooperativa de
trabajo esté conformada por las 2 tercios del personal en actividad, como lo establece la ley actualmente.

Sólo será necesario contar con 10 trabajadores de la empresa fallida, requisito exigido para conformar una cooperativa de trabajo.

La ley, además, crea un Fondo Especial de Recuperación de Empresas, administrado por la Comisión Nacional para la Conservación del Trabajo, constituido por la asignación de una partida anual prevista por el Poder Ejecutivo en el presupuesto nacional, y por el recupero de los montos que abonen los beneficiarios del presente proyecto de ley.

Por otro lado, no se requiere dictamen del Sindicato de la quiebra, ni autorización del Juez para poder continuar con la explotación de la empresa fallida.

En el caso de que la compensación de los créditos laborales para la adquisición de los bienes de la empresa fallida, de aprobarse este proyecto, se procedería a suspender el trámite de la liquidación de los activos.

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sa