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Cambios en mutuales de salud por el DNU: alertan que los asociados no podrán pagar

Juan Pivetta, titular de la Federación Argentina de Mutuales de Salud, analizó el impacto que tendrá en el sector la nueva regulación.

26 de enero de 2024, CABA (Ansol). –La Federación Argentina de Mutuales de Salud (FAMSA) expresó su postura frente a los alcances del DNU 70/2023 emitido por el Poder Ejecutivo, que afecta a las prestaciones sanitarias. En este sentido, Juan Pivetta, titular de FAMSA, aseguró que aún están analizando las consecuencias de cada artículo de la medida.

Ante las consultas de Prensa con Opinión, el presidente de FAMSA expresó respecto al DNU: «Este instrumento genera una libertad de acción muy impactante a la hora de actualizar el valor de los planes de salud».

«No obstante, no sucede de igual modo con la obligatoriedad de cobertura de un Plan Médico Obligatorio (PMO) en constante incremento prestacional, con aumentos por arriba de los índices inflacionarios en el precio de los medicamentos y expectativas económicas insatisfechas en cuanto a los honorarios médicos», agregó.

Pivetta manifestó que estos cambios «producen una enorme preocupación ante la probable imposibilidad de pago por parte de los asociados«, ya que dentro de la Federación hay entidades grandes, medianas y pequeñas con posibilidades de alcance muy distintas.

Necesidad de una nueva ley para las mutuales

Pivetta reivindicó la segmentación de prestaciones que pregona FAMSA hace varios años: «Si queremos poner en el centro a las personas y en la búsqueda del acceso equitativo a los sistemas de salud, se debería desarrollar una nueva ley en lugar de la 26.682 (Ley de Regulación de Medicina Prepaga), que establezca un piso universal de prestaciones médicas y que tenga en cuenta los recursos económicos y humanos existentes».

«En definitiva, estamos buscando que las mutuales puedan ofrecer distintos niveles de cobertura, especialmente sobre la base de la atención primaria de la salud (ATP), pero con una visión complementaria del sistema», agregó.

El dirigente de FAMSA refiere a la posibilidad de que las mutuales puedan derivar al asociado a otros centros prestacionales en caso de que necesite un segundo o tercer nivel de atención, como cirugías o complejidades médicas, acción que sólo puede concretar el mutualismo.

Respecto a las afecciones que implica el DNU, el titular de la Federación expresó: «Por ejemplo, las entidades con menor capacidad operativa para prestar el servicio no van a estar en condiciones de competir con una empresa lucrativa de gran envergadura, lo cual puede generar una concentración en el mercado, desplazando como consecuencia a cientos de miles de personas a la atención exclusiva de una salud pública, que no posee la capacidad de dar respuesta».

«Hubo un momento en que el Estado intervino para, en el caso de las mutuales de salud, incluirnos en una ley que regula la actividad de empresas comerciales como son las empresas de medicina prepaga, con la obligación de cubrir una determinada cantidad de prestaciones asistenciales y sin la posibilidad de establecer el valor del servicio. Esto distorsionó el espíritu mutualista», concluyó en referencia con las acciones estatales.