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Monotributistas: «El alivio fiscal no es menor, pero necesitamos más reivindicaciones»

Tras la aprobación de la nueva normativa que busca compensar el contexto inflacionario, el presidente de CONARCOOP, Ramiro Martínez, celebró la iniciativa pero enfatizó la necesidad de generar cambios más profundos.

1 de Julio de 2022, CABA (Ansol).– Hoy, el Senado del Congreso de la Nación aprobó la Ley de Alivio Fiscal para Monotributistas, que actualiza la facturación del sector a fin de evitar el cambio de categoría y el aumento de las cuotas impositivas. Además, establece una exención del pago del componente impositivo para las categorías más bajas, A y B, donde está nucleada la gran mayoría de los trabajadores cooperativistas.

En este sentido, el sector asociativo celebró la iniciativa. Ramiro Martínez, presidente de la Confederación Argentina de Trabajadores Cooperativos (CONARCOOP), reflejó el apoyo a la nueva normativa: “Desde el cooperativismo de trabajo nos trae cierto alivio, sobre todo en las categorías más bajas, en donde se resta el aporte impositivo y, en este contexto, el reajuste de facturación también lo ata a la realidad, porque había quedado muy desfasado”.

“Con una inflación del 50%, todos los números hacían que nos corriéramos de nuestras categorías reales, el proceso inflacionario a su vez nos generaba costos impositivos previsionales y sociales. La verdad es que, como dije, trae cierto alivio la medida en un contexto muy complejo, donde la macroeconomía y la inflación nos está trayendo muchas dificultades en el accionar diario”, amplió Martínez.

Sin embargo, el presidente de CONARCOOP recalcó la urgencia por generar cambios de mayor incidencia en el cooperativismo: “Esta ley no es menor, no es un aporte más. Pero necesitamos más reivindicaciones para el sector, debido el contexto. Mas allá de la reivindicación que estamos trabajando junto con el INAES para poder terminar con esta condición de tener que ser monotributistas asociados a una entidad cooperativa, para que el acto cooperativo sea uno en el cual no solo se constituye la entidad sino que la entidad absorbe el factor tributario previsional. Es decir, que lo pueda registrar y tributar en la AFIP, tal cual lo hacen los trabajadores en relación de dependencia”.

Se estima que la normativa, aprobada por unanimidad, beneficiará a alrededor de 4,5 millones de monotributistas (de los cuales el 39% reside en el Área Metropolitana Buenos Aires (AMBA) y el 61% restante en el resto del país) y 140.000 autónomos. Debido a la eliminación del componente impositivo para las categorías A y B, las cuotas mensuales serán de $288 y $555 por mes, respectivamente. Además, establece el incremento en un 60% del monto tope para las primeras cuatro categorías monotributistas.

Debido al incremento del monto máximo, las facturaciones que podrá alcanzar cada categoría serán:

  • Categoría A $ 748.382;
  • Categoría B $1.112.459;
  • Categoría C $1.557.443
  • Categoría D $1.934.273
  • Categoría E $ 2.277.684,56
  • Categoría F $ 2.847.105,70
  • Categoría G $ 3.416.526,83
  • Categoría H $ 4.229.985,60
  • Categoría I $ 4.734.330,03
  • Categoría J $ 5.425.770,00
  • Categoría K $ 6.019.594,89