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Licencias por maternidad y paternidad: “Es un proyecto de inclusión y de justicia social”

El nuevo proyecto de ley que presentó el oficialismo pretende extender de 90 a 126 días para la persona gestante y de 2 a 90 para su acompañante. Cómo afecta al sector cooperativo.

6 de mayo de 2022, CABA (Ansol).- Esta semana, el presidente Alberto Fernández presentó el proyecto de ley “Cuidar en igualdad”, que propone la extensión de los días de licencia por maternidad y paternidad con el fin de acortar la brecha de desigualdad en los trabajos de cuidados entre los géneros.

La iniciativa, que propone extender de 90 a 126 días la licencia de la persona gestante y de 2 a 90 para la no gestante, abarca no solo a trabajadores asalariados sino también a monotributistas sociales y autónomos, que pueden ser cooperativistas.

En diálogo con ANSOL, Analía Coccolo, secretaria de la Federación de Cooperativa de Mujeres ATENEA, reflexionó: “Las mujeres hemos tenido el peso de la carga en la historia del mundo. Nos hicimos cargo de maternar y de las tareas del hogar. Este proyecto puede equiparar no solamente en el sector cooperativo sino en todos los sectores y llevar a una igualdad e inclusión que perseguimos hace mucho tiempo”.

Además, agregó: “En pandemia se ha visto que en los sectores más independientes, cooperativos, que fueron los más golpeados por la pandemia, las mujeres tuvimos las cargas más pesadas. Tuvimos que trabajar el doble, en el hogar y en el trabajo”.

Una de las novedades de la iniciativa es la licencia para personas adoptantes, ya que se contemplan de 2 a 12 días para realizar las visitas correspondientes y otros 90 a partir de la oficialización de la adopción: “Elegir maternar tiene que ser una tarea compartida entre las dos personas que lo eligen, independientemente de sus sexos. Es un proyecto que es inclusión y es justicia social.”, sostuvo Coccolo.

La inclusión de los monotributistas

En diálogo con ANSOL, Leonardo Chiesa, abogado, licenciado en Relaciones Laborales e integrante de Trabajando por la Economía Social (TES), aclaró: “La norma reconoce el derecho a cuidar a personas monotributistas sociales y autónomos a través de la creación de una asignación para personas gestantes, no gestantes y por adopción. El monto equivale a un Salario Mínimo, Vital y Móvil”.

Pese al avance de integrar en la norma a este sector, desde TES consideran que es necesario más inclusión en normativa de derechos: “Las personas que integramos cooperativas de trabajo no somos independientes que nos dedicamos a desarrollar nuestra actividad de manera autónoma, sino que nos asociamos a través de la figura de cooperativa”.

Y agregó: “Para poder acceder a los beneficios de seguridad social como cooperativistas tenemos que inscribirnos en el régimen simplificado para pequeños contribuyentes. A través del pago de la alícuota el trabajador accede a solo 3 de los 5 componentes de la seguridad social. No tenemos ART ni seguro de desempleo”.

Por otra parte, destaca que la ley contempla que el Estado debe hacerse cargo de financiar las licencias de cuidado y no los empleadores, lo cual ayuda a contemplar a los trabajadores no asalariados: “El cambio de paradigma sucede también en quién financia las licencias de cuidados. A partir de esta ley lo financia el Estado a través del sistema de seguridad social”.

Además, la iniciativa propone la creación de un registro nacional de trabajadoras y trabajadores de cuidados y también uno de los espacios comunitarios que se dedican a esta tarea.