Hermetismo y dudas en los medios autogestivos por la nueva regulación del reparto de pauta oficial

Algunas modificaciones aparecen como alentadoras para el sector, pero otras siembran dudas. "Hay cambios interesantes con esta resolución, pero como pasa siempre con la pauta oficial hay que ver cuán capacitado está el Estado o el Gobierno en la práctica", apuntaron desde FM La Tribu.

14 de marzo de 2023, CABA (Ansol). –El reciente lunes 13 de marzo, en el Boletín Oficial se publicó una modificación en el funcionamiento del sistema de pauta publicitaria del Estado nacional.

Con la firma de Juan Ross, secretario de Comunicación, el Ejecutivo a través de la jefatura de Gabinete volvió a encauzar en la agencia nacional de noticias Télam el diseño, la tramitación y certificación de las campañas estatales, restableció las condiciones para el ingreso de medios al sistema de adjudicación y remarcó el rol del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) para controlar y sancionar a medios que fomenten discursos de odio o violentos.

La medida, inesperada y todavía en proceso de interpretación por parte de los actores involucrados en el ecosistema de medios nacional, estipula que “el Registro Nacional de Proveedores de Publicidad Oficial (RENAPPO) funcionará en la órbita de TELAM S.E. el que determinará sus características, usos y la información a requerir a los pretensos proveedores”.

Agustín Espada, especialista en director de la Maestría en Industrias Culturales en la Universidad Nacional de Quilmes y especialista en el tema, realizó un hilo de tweets para recorrer las modificaciones. Sobre la reabsorción de RENAPPO por Télam, remarcó que se trata de una vuelta a la estructura previa al Gobierno de Mauricio Macri, al tiempo que señaló que la agencia estatal “tiene estructura para funcionar mejor en materia de publicidad oficial”.

A su vez, Espada observó que esta resolución elimina la obligación del Gobierno de crear un Plan Anual de Publicidad Oficial para elaborar las campañas y organizar el presupuesto. “Esto, en los hechos, no se cumplió nunca”, comentó.

Los nuevos criterios de reparto de pauta oficial

La resolución de la secretaría de Comunicación trazó nuevos criterios para la asignación de partidas publicitarias. Los lineamientos tendrán que ver con el Alcance y la pertinencia del medio, la zona geográfica, el fomento al federalismo y a la pluralidad de voces.

Alejandro de Masi, integrante del colectivo de la cooperativa de Radio FM La Tribu, dialogó con ANSOL y se refirió a los últimos dos criterios. “Hay cambios interesantes con esta resolución, pero como pasa siempre con la pauta oficial hay que ver cuán capacitado está el Estado o el Gobierno en la práctica. El énfasis de fomentar el pluralismo abre una posibilidad para que los medios comunitarios puedan acceder a pauta oficial. Por ejemplo, ya no es necesario presentar licencia radiofónica para inscribirse como proveedor del Estado en publicidad”, expresó.

Según Agustín Espada, “la Secretaría insiste en denominar criterios objetivos a criterios que tienen mucho de subjetivo. Del mismo modo, no indica cómo se medirá el alcance de los medios (aspecto central de la distribución)”.

Por otro lado, el especialista de la Universidad de Quilmes indicó que también es relevante que a partir de ahora en cada campaña deberán tenerse en cuenta la mayor cantidad de criterios de distribución pertinentes y no todos como establecía la resolución 247 de 2016.

Al respecto, agrupaciones de medios populares y autogestivos expresaron su preocupación por una medida que consideraron inconsulta y que los tiene como protagonistas. En particular, el señalamiento es que se vislumbra una tendencia a favor de los medios más poderosos, ya que entre los criterios de base es necesario que quienes se inscriban para el formato digital deberán acreditar páginas web con más de un año de antigüedad y/o 250 mil usuarios únicos.

A su vez, Espada señala que la resolución elimina la obligación de los prestadores de presentar «acreditación del cumplimiento de las obligaciones fiscales, laborales y previsionales». Esto permite a organizaciones sin fines de lucro, medios autogestivos y populares, que por lo general cuentan con menos estructura, poder acceder a la pauta oficial.

Fuentes especializadas disintieron al respecto al ser consultadas por Ansol. Argumentan que la decisión de no reclamar la Declaración Jurada de empleo formal de los integrantes de los medios que reciban pauta oficial abre la puerta a que empresas contraten de manera irregular a sus trabajadores y trabajadoras.

La medida es analizada con cautela y hermetismo, ya que todavía no son claras las intenciones del Ejecutivo nacional.

Sanciones a los discursos de odio

Según la resolución, el Enacom estará encargado de sancionar a los medios que incumplan con los artículos 70 y 71 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual N° 26.522.

El artículo 70 de la mencionada ley expresa que “la programación de los servicios previstos en esta ley deberá evitar contenidos que promuevan o inciten tratos discriminatorios basados en la raza, el color, el sexo, la orientación sexual, el idioma, la religión, las opiniones políticas o de cualquier otra índole, el origen nacional o social, la posición económica, el nacimiento, el aspecto físico, la presencia de discapacidades o que menoscaben la dignidad humana o induzcan a comportamientos perjudiciales para el ambiente o para la salud de las personas y la integridad de los niños, niñas o adolescentes”.

El Enacom ya estaba facultado por la Ley de Medios Audiovisuales para relevar y recomendar sanciones de quita de pauta a medios. En paralelo, la definición sobre cómo funcionarían esas sanciones no figura de manera clara en las modificaciones cómo sería el esquema de esas privaciones de pauta oficial.

“Da la sensación de que si bien es interesante pensar la responsabilidad de los medios, quien sanciona es el Enacom” -comentó De Masi, de La Tribu- “En estos últimos años no hemos visto sanciones de ese estilo sin meterse en una discusión mucho más profunda y compleja que va de la mano de la idea de libertad de expresión. Es más, muchas veces el Enacom termina derivando las cuestiones a la Defensoría del Público, que no tiene capacidad de sanción”.