Lavado de dinero: nuevas reglas para cooperativas y mutuales de crédito

A partir de una resolución de la Unidad de Información Financiera, las entidades de la Economía Social quedaron igualadas al resto de las entidades en materia de prevención de lavado de activos. Los pro y los contra.

15 de agosto de 2023, CABA (Ansol). –La Unidad de Información Financiera (UIF) promulgó la Resolución 99/2023, luego de once años sin actualizaciones, incluyendo nuevas determinaciones para cooperativas y mutuales. Estas tienen como objetivo fortalecer las tareas de gestión y prevención de riesgos relacionados con el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (LA/FT).

La resolución busca armonizar los procedimientos realizados por los Sujetos Obligados Locales con los estándares internacionales, prácticas, guías y pautas internacionales vigentes en el Grupo de Acción Financiera.

Alberto Bavestrello, gerente de la Federación Argentina de Cooperativas de Crédito (FACC), expresó a ANSOL: «Lo relevante de la Resolución es el cambio de criterio en donde nos iguala con el resto de las entidades que son Sujetos Obligados, en donde se analiza el enfoque basado en riesgo, que es algo que va apuntando hacia un estándar internacional».

«Ocurre que esto apunta a la prevención de lavado de activos y, en general, el lavado de activos se hace con ingreso de fondos en las entidades y las cooperativas no tenemos ingreso de fondos en las entidades, tenemos salida de fondos», continuó.

En este sentido, explicó: «Es mucho más difícil encontrar operaciones sospechosas dentro de las operaciones de crédito de gente que viene a tomar créditos, porque en general son asociados históricos de las cooperativas o individuos que tienen un crédito muy pequeño, que no utilizan los fondos para el lavado de activos, pero bueno, es una resolución abarcativa y ahí se entra en las generales de la ley».

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Nuevas responsabilidades de las cooperativas y mutuales para la prevención del Lavado de Activos

De acuerdo con la segmentación establecida por el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), la Resolución se aplica exclusivamente a aquellas cooperativas y mutuales que proporcionan servicios de gestión de préstamos, préstamos personales y ayudas económicas a sus asociados mediante fondos provenientes de recursos propios y de cobro por deducción o recibo de haberes como establece la Ley N°25.246, artículo 20, inciso 20.

Así, estas entidades deberán identificar y asumir los riesgos a los que están expuestas con su actividad: «Hay un cambio en el enfoque del análisis, de un enfoque en donde era simplemente la revisión de documentación y seguimiento de operatorias del asociado, a un esquema que se llama enfoque basado en riesgos», explicó Bavestrello.

«Lo que hace esto es tratar de profundizar el análisis en las entidades clasificadas dentro de ese enfoque basado en riesgos como riesgo alto, en donde habrá que poner un mayor foco de análisis. El enfoque basado en riesgos prevé tres niveles de riesgo: alto, medio y bajo, en donde en el enfoque aplicado a las de riesgo alto hay que poner una debida diligencia en el análisis«, añadió.

Desafíos asociados a la nueva medida

Según el gerente de FACC, «lo que produce es una serie de complejidades que tienen que ver con la autoevaluación que hay que realizar, para que el Estado mismo haga una autoevaluación nacional de riesgo, pero este es un problema que excede a las cooperativas».

Además, destacó que la Resolución afecta directamente a las cooperativas: «Las estructuras de las cooperativas son pequeñas, si bien hace una salvedad de que todo este análisis de riesgo tiene que ver también con la magnitud del negocio de cada cooperativa y demás, y nosotros realmente somos cooperativas, salvo excepciones, muy pequeñas que tienen tres o cuatro personas en el trabajo diario«.

«Esto implicaría reforzar la dotación con alguna persona específica que esté dedicada a esta operatoria, que hay que documentarla, llevar periódicamente registros, etcétera. Esto implica que una persona más termina siendo un costo final en los créditos que se le dan a los asociados, esa persona implica un costo de estructura y los costos de estructura después se tienen que repartir entre los asociados que toman crédito», esclareció.

En conclusión, Bavestrello opinó: «Lo considero positivo por el aspecto que reduce el análisis profundo a los de alto riesgo, en otro punto es negativo por todos los informes y todos los documentos que hay que armar para enviar periódicamente a la UIF (Unidad de Información Financiera)».