Cooperativas denuncian discriminación por parte del Gobierno

En base a la nueva resolución expresada por la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía, una gran cantidad de Federaciones, Confederaciones y entidades cooperativas denunciaron que resulta discriminatoria.

17 de Mayo de 2023, CABA (Ansol). –Mediante un comunicado, la Confederación Cooperativa de la República Argentina (COOPERAR), aseguró que las cooperativas están siendo discriminadas en su inscripción en el Registro de Empresas MiPyMEs, “como consecuencia de la reciente aprobación de la Resolución 121/2023 – SIYDP(Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo) y de la Disposición 88/2023 – SSPYME, que contradicen Ley de la Pequeña y Mediana Empresa N° 24.467”. En el mismo sentido, se lanzó un comunicado de prensa firmado por una gran cantidad de Federaciones y entidades cooperativas.

Aseguran que las cooperativas están siendo discriminadas por no tener el “ánimo de lucro” que se solicita para inscribirse en el registro, y que así “se afecta el derecho a las cooperativas para acceder en igualdad de condiciones a todos los beneficios que se les reconocen a las mipymes y se atenta también contra el espíritu de dicha ley”.

Gustavo Sosa, coordinador general de la Incubadora de Cooperativas y Mutuales de Cuidados (INAES-AMAPEPYP), expresó al respecto: «Por ejemplo, una cooperativa de trabajo deberá acreditar que cada uno de sus integrantes ha obtenido su certificado personal, en lo que constituye una total desnaturalización de la naturaleza jurídica y esencia de las cooperativas. Ya muchas cooperativas han recibido observaciones a sus pedidos de certificación MiPYME en base a esta Disposición».

En el mismo sentido, César Basañes, gerente de COOPERAR, expresó en diálogo con ANSOL: «En particular la principal preocupación es que se nos cae el tema del plazo de 90 días que tienen las MIPyMES para depositar el IVA. Entonces para la AFIP ya no somos micro Pymes. Y después hay otros beneficios que quedamos afuera, porque este registro también es tenido en cuenta por los propios Gobiernos provinciales o municipios. Así que es una discriminación bastante amplia y es urgente resolverlo en horas, porque sino estamos quedando todas las cooperativas afuera, lo que nos va a llevar a problemas financieros«.

Ante la nueva normativa, en el comunicado enumeran un listado de precisiones “necesarias ante la confusión que refleja la nueva normativa”:

-Contradicciones con la Ley Pymes: la misma señala como atributos para aplicar “personal ocupado, valor de ventas y valor de activos aplicados al proceso productivo”. La nueva normativa toma en cuenta el ánimo de lucro y, como las cooperativas carecen del mismo, no le reconoce el carácter de empresas MiPymes, aunque cumplan con los atributos nombrados. “A la figura cooperativa se la contempla como una forma asociativa, pero le exige que todos los asociados se encuentren inscriptos en el Registro de Empresas MIPyMEs, requisito absurdo y de cumplimiento imposible en la mayoría de los casos”.

-Derechos adquiridos: al incorporar el “ánimo de lucro” como factor determinante de carácter de empresa, aseguran que pretenden desconoce el carácter de empresa de las cooperativas, lo cual afecta los derechos adquiridos.

-Las cooperativas son empresas: aseguran que, según la Alianza Cooperativa Internacional, una cooperativa es una empresa, al igual que la Organización Internacional del Trabajo y la Organización de las Naciones Unidas.

-Exclusión de las cooperativas de servicios públicos: Con la vigencia de la nueva normativa, señalan que las pequeñas y medianas empresas cooperativas de servicios no podrán renovar su inscripción en el Registro de Empresas Mipymes, ya que “sus asociados no son todos MiPymes y muchos no podrían serlo porque constituyen usuarios que no ejercen actividad económica alguna (por ejemplo, jubilados).

Exclusión de toda cooperativa de consumidores y/o usuarios: por la misma razón del punto anterior, se extiende a todas las cooperativas de consumidores y de usuarios.

-Retroceso en la defensa de los derechos del trabajador asociado: A través de la nueva normativa, las cooperativas de trabajo sólo podrán inscribirse si registran a todos sus asociados como micropymes. En el comunicado, COOPERAR asegura que “se trata de una carga administrativa absurda e injustificada sobre estas empresas, muchas de ellas de muy pequeña escala”.

Además, reclaman que “desvirtúa seriamente su naturaleza institucional” de las cooperativas, y que esto dificultará el fortalecimiento de los derechos del trabajador asociado.

Cooperativas agropecuarias: “A todas las cooperativas agropecuarias que están actualmente inscriptas en el Registro de Empresas Mipymes, se las someterá a la exigencia arbitraria de demostrar que todos y cada uno de los asociados también están inscriptos en ese Registro, a diferencia del resto de los agentes económicos del comercio agropecuario y la agroindustria”.

Extemporánea e Inconsulta: finalmente, aseguran que la disposición fue inconsulta con la autoridad de aplicación a la Ley de Cooperativas y las organizaciones representativas del sector.

Para concluir, señalaron tres reclamos: En primer lugar, la plena vigencia de la Ley de PYMES y que sus efectos lleguen a todas las MiPymes, sin ninguna restricción. En segundo lugar, la incorporación de las empresas cooperativas en el Registro de Empresas MiPymes, con las mismas condiciones que las sociedades comerciales. Y finalmente, la inmediata respuesta al reclamo expuesto.