Cooperativas de trabajo que reciben fondos estatales deberán bancarizar a sus asociados

Así lo establece la Resolución 3107 publicada hoy en el Boletín Oficial. El excedente repartible que le corresponde a cada asociado debe ser transferido desde la cuenta de la empresa social.
13 Nov, CABA (Ansol).- El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social estableció que las cooperativas de trabajo que son destinatarias de fondos transferidos por órganos, entes y demás estructuras jurídicas que conforman los sectores Públicos Nacional, Provinciales y Municipales, deben transferir de la cuenta bancaria institucional los excedentes repartibles a los asociados.
Así, las cooperativas de trabajo, tendrán un plazo de 60 días hábiles, a partir del dictado de la presente resolución, para hacer efectiva dicha bancarización.
En el marco de la modernización y la búsqueda de transparencia, el Inaes espera garantizar que los fondos lleguen a los beneficiarios.
En tanto, según esta medida, el Banco Central de la República Argentina habilitó la posibilidad de apertura de cajas de ahorro gratuitas en entidades financieras, con la única exigencia de presentación de un documento identificatorio de la persona humana.
“Se estima conveniente y oportuno establecer el requisito de apertura de cuentas individuales para los beneficiarios finales de las cooperativas de trabajo, que reciben fondos públicos, con el objeto de que se acredite en las mismas los importes que les corresponden a cada uno de ellos por la labor realizada”, explica la Resolución.
En la misma sintonía, el 30 de noviembre vence la posibilidad de realizar la Actualización Nacional de Datos para cooperativas y mutuales.
Para lograr que todas las entidades realicen el trámite, el organismo ha dado cursos de capacitación que todavía se pueden tomar y hay computadoras disponibles para hacerlo en la oficina de Belgrano 1656, CABA.
Existen, asimismo, dos vías de comunicación para pedir asistencia: 4124 9301 o al 0800 666 0699.