Chaco sancionó el primer programa cooperativismo y mutualismo escolar

Legisladores de Chaco aprobaron el proyecto de la diputada provincial Zulma Galeano.

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27 de septiembre de 2023, CABA (Ansol). –Legisladores de Chaco aprobaron el primer programa de Cooperativismo y Mutualismo escolar de la provincia, en la sesión ordinaria del 20 de septiembre, donde acordaron promover en los procesos de enseñanza y aprendizaje del sistema educativo chaqueño los valores y principios de estas entidades de la Economía Social y Solidaria.

La Ley Provincial de Educación Cooperativa y Mutual de Chaco (Norma 3897-E) es de autoría de Zulma Galeano, diputada provincial, y contó con el amplio apoyo de los demás Integrantes de la Comisión de Asuntos Educativos del Poder Legislativo, previo a su tratamiento en sesión.

Roberto Liska, del Consejo Asesor de CONAM y Vicepresidente de la Federación de Cooperativas y Mutuales de la Red Federal de Turismo (FEDETUR), destacó: “Sin duda constituye un paso histórico, ya que se propiciará a la conformación de cooperativas y mutuales escolares integradas por estudiantes menores de 18 años, con la guía y asesoramiento de equipos directivos y docentes, quienes contarán con todo el acompañamiento y experiencia de la dirigencia de nuestro sector”.

Liska, sindicado como una de las piezas claves en la gestión de la Ley, ponderó que uno de los tantos fundamentos previstos será la “contribución efectiva en la construcción de una cultura de la participación y la solidaridad como herramientas para la transformación social de nuestros estudiantes”, resaltando a mutuales y cooperativas como ejemplos de estos valores que se intenta inculcar.

Algunos de los objetivos de la Ley:

  • Conceder la personería escolar donde se constituyan estas entidades del sector según la reglamentación vigente.
  • Fortalecer canales de comunicación vinculados al movimiento cooperativo y mutual para la implementación de la misma.
  • Diseñar acciones de protagonismo a los estudiantes para su concientización sobre los valores solidarios del sector.
  • Coordinar acciones con Organismos Nacionales, Provinciales, Municipales e Internacionales para un mejor logro de sus objetivos.
  • Crear un registro único de las entidades que se vayan formando.
  • Promover la capacitación de los docentes.

Asimismo, se prevé que los recursos para el financiamiento de la presente Ley serán los provenientes del “Fondo para Educación y Promoción Cooperativa” (Ley Nacional Nº 2.3427 y Ley Provincial Nº 596-E). Además, se fija como Autoridad de aplicación al Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia del Chaco.