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A diez años de la sanción de la ley, familias de la Villa 20 reclaman la urbanización

(Ansol).- Los vecinos aseguraron que el Gobierno de la Ciudad «no tiene ninguna limitación formal para iniciar de inmediato el saneamiento de la tierra para la construcción de viviendas sociales» para lo que «dispone de un presupuesto específico de 30 millones de pesos que se encuentra bajo la tutela de la jueza Elena Liberatori».

Según especifica Ley 1.770, que fue sancionada hace diez años por la Legislatura porteña y establece el mes de diciembre de 2015 como último plazo para poner en práctica la norma, la urbanización se debe constituir «entre Pola, avenida Cruz y Escalada, el cual deberá ser saneado y destinado exclusivamente a la construcción de viviendas sociales».

La Villa 20 se encuentra en la Comuna 8 en la zona sur de la Ciudad y ocupa aproximadamente 29 hectáreas en 30 manzanas censales: está delimitada por la Avenida Francisco Fernández de la Cruz, Larraya, Batlle y Ordoñez, Miralla, las vías del FFCC General Belgrano y Avenida Escalada en el barrio de Villa Lugano.

Mediante un comunicado, los vecinos de la cuarta villa más grande de la Ciudad explicaron que «diez años más tarde nada de lo dispuesto se ha cumplido», motivo por el cual se movilizaron al Obelisco en reclamo del cumplimiento de la norma.

«Miles de familias -acotaron- siguen padeciendo la grave situación habitacional, la carencia de servicios públicos básicos y la desintegración al resto de la ciudad».

Los vecinos también reclamaron el «cumplimiento de la ley 1.769 que desde hace diez años ordena la construcción de un hospital en la Comuna 8» y manifestaron «la preocupación generalizada que existe en el barrio respecto de la posible demolición del Centro de Salud Comunitaria (Cesac) 18, ya que es un espacio de vital importancia para la salud y asistencia social de las familias».

Antecedentes

En 1991, mediante la ordenanza 44.873, el Concejo Deliberante creó los Distritos U31, otorgó una zonificación específica a cada una de las villas existentes y ordenó al Poder Ejecutivo que en un plazo de sesenta días se elaboraran los proyectos de urbanización específicos para cada una, entre ellas la Villa 20.

La Ley 1.770, que vence en cuatro meses, nació para reemplazar a la Ley 148, que ordena la urbanización de todas las villas, entre ellas también la 20, pero agrega que debe contemplarse la participación necesaria y real de los habitantes y les da poder de decisión.